Tu donación transforma la realidad de las mujeres y personas LBTIQ+ en España y Centroamérica
Actúa hoy, transforma el futuro.
Cada donación es un paso hacia adelante para garantizar los derechos de las mujeres y personas LBTIQ+, lograr una vida libre de violencias y apoyar sus proyectos. Dona poder para decidir la vida que queremos 💛
Las voces de ellas
El poder de tu aporte
Ayuda a promover los derechos humanos y proteger los que ya hemos conseguido.
Contribuye a una distribución más justa de los recursos que no suelen llegar a los proyectos de las mujeres y personas LBTIQ+.
Transforma las vida de las personas, ofreciendo una realidad más justa, autónoma e igualitaria.
Apoya la sostenibilidad de proyectos y organizaciones que promueven el empleo de otras personas y ofrecen servicios esenciales que a veces no aporta el Estado.
Ventajas de tu aporte
Recupera en tu declaración de la renta hasta el 80% de lo que dones
Recupera en tu declaración de la renta hasta el 80% de lo que dones, te ponemos unos ejemplos:
Si eres particular*
Si donas hasta 150€/año:
Si donas 150€
Recuperarás 120€
Si donas más de 150€/año:
Si donas 300€
Recuperarás 172,50€
Si eres empresa
Si donas 5.000€
Recuperarás 2.000€
✅ Si en los 2 últimos años has donado a la misma ONG la misma cantidad o superior: recuperas un 45% del 20% restante (en vez del 40%).
Calcula ahora tus beneficios fiscales
Introduce la cantidad de la donación que quieres realizar y calcula tu desgravación fiscal.
- Esto tan solo es una estimación si es la primera vez que donas a Calala y no donas a otras ONG en el mismo año.
Tramos de desgravado*
Se deduce un 80% de los primeros 150 euros donados a una ONG registrada como entidad beneficiaria del mecenazgo.
Para cantidades superiores a 150 euros, se deduce un 35% adicional sobre el importe que exceda esa cantidad.
Si has donado a la misma ONG durante al menos dos años consecutivos con un importe igual o superior al de años anteriores, el porcentaje de deducción del tramo adicional aumenta al 40%en lugar del 35%.
Este porcentaje adicional puede aplicarse a una base máxima del 15% de la base imponible, lo que es una mejora reciente