Marco legal español sobre violencia digital de género

Marco legal español sobre violencia digital de género - Calala Fondo de Mujeres
Descubre el marco legal de la violencia digital de género en España: el Código Penal, la Directiva europea, el Pacto de Estado y las leyes autonómicas.

En los últimos dos años, el marco legal violencia digital en España ha avanzado más rápido que en la década anterior completa. Código Penal, una directiva europea con plazo de transposición, un Pacto de Estado ampliado y la primera ley autonómica específica de España: aquí tienes el panorama legal completo, actualizado y explicado sin tecnicismos.

Este artículo forma parte de nuestra guía completa sobre violencia machista digital.

Panorama general del marco legal violencia digital en España

No hay una única “ley de violencia digital” en España: la protección actual combina el Código Penal, normativa europea en proceso de transposición, el marco general de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y —de forma pionera— una primera ley autonómica específica en Galicia todavía en tramitación.

El Código Penal: los delitos concretos

Ya cubrimos estos delitos en detalle, con ejemplos y pasos de denuncia, en nuestras guías sobre ciberacoso machista y sextorsión.

La Directiva europea sobre violencia digital

La Directiva (UE) 2024/1385, en vigor desde mayo de 2024, es la primera norma europea que tipifica expresamente cuatro formas de ciberviolencia misógina: difusión no consentida de imágenes íntimas, ciberacoso, ciberacecho y discurso de odio misógino online. Los estados miembros, incluida España, tienen hasta junio de 2027 para adaptar su legislación penal a estos estándares comunes.

El Pacto de Estado contra la violencia de género

La última actualización del Pacto de Estado amplió sus medidas de 290 a 461, incorporando de forma explícita la violencia digital junto a la violencia económica y la vicaria como formas de violencia machista a abordar de manera específica, con un presupuesto asociado para los próximos cinco años.

La ley gallega: la primera de España en tramitación

En julio de 2026, el Consello da Xunta de Galicia aprobó el proyecto de ley de medidas integrales contra el acoso y la violencia digital, presentado como la primera normativa específica sobre esta materia en toda la Unión Europea. El texto, de 4 títulos y 26 artículos, incluye un servicio gratuito de asesoramiento a víctimas y una guía para preservar evidencias de posibles delitos. El proyecto pasa ahora a tramitación parlamentaria, con previsión de aprobación definitiva antes de que termine 2026. Será, si se aprueba, una de las leyes contra la violencia digital más completas de todo el país.

El Reglamento de Servicios Digitales (DSA)

A nivel europeo, el Reglamento de Servicios Digitales obliga a las grandes plataformas online a evaluar y mitigar los riesgos de contenido ilícito, incluida la violencia de género, y a ofrecer canales de denuncia accesibles para las personas usuarias.

Qué falta todavía en las leyes contra la violencia digital

El propio Ministerio de Igualdad ha señalado la falta de un concepto jurídico único de “violencia digital” como una de las principales barreras para combatirla de forma coherente, ya que actualmente cada conducta se regula por separado según distintos artículos del Código Penal. La transposición de la Directiva europea, con plazo hasta 2027, es la oportunidad para unificar criterios entre todas las leyes contra la violencia digital que hoy conviven de forma dispersa.

Dónde acudir, según la ley actual

  • 016: información y asesoramiento jurídico gratuito y confidencial en violencia de género, las 24 horas.
  • Policía Nacional o Guardia Civil: para presentar denuncia formal por cualquiera de los delitos anteriores.
  • Si eres activista y la violencia digital está relacionada con tu activismo, Calala cuenta con la convocatoria Activismo Seguro.

El trabajo de Calala en este ámbito

Calala impulsó en 2020 una de las primeras investigaciones sobre violencias machistas en línea hacia activistas en el Estado español, un trabajo que sigue siendo referencia para entender un fenómeno que la legislación todavía está terminando de encajar.

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Preguntas frecuentes

¿Es delito la violencia digital en España ahora mismo, o hay que esperar a 2027?

Ya es delito ahora: los artículos del Código Penal (172 ter, 197.7, 243, 510) ya se aplican hoy. El plazo de 2027 es para que España adapte y unifique su legislación a los estándares mínimos comunes de la Directiva europea, no para que la violencia digital empiece a perseguirse.

¿Qué pasa si quien me acosa está en otro país?

Es más complejo, pero no imposible: existen mecanismos de cooperación judicial internacional, y unidades como el Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil tienen experiencia en este tipo de investigaciones transfronterizas.

¿Cuándo entrará en vigor la ley gallega?

Todavía no tiene fecha exacta de entrada en vigor: a fecha de esta guía, es un proyecto de ley pendiente de tramitación parlamentaria, con previsión de aprobación antes de que termine 2026.

¿Qué hago mientras se terminan de aprobar estas leyes?

Usa la legislación ya vigente: los delitos del Código Penal ya cubren la mayoría de situaciones de violencia digital de género. No hace falta esperar a la transposición de la Directiva ni a la ley gallega para denunciar.

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